Imagen generada o seleccionada para Tolima en Línea
Un informe contundente de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) ha puesto en el punto de mira una urbanización en el municipio de Lérida, Tolima, por la presunta contaminación de la quebrada El Masato, un afluente del río Bledo. La situación cobra particular relevancia dado que la urbanización cuestionada, San Luis, pertenece al padre del actual alcalde de Lérida, quien además es miembro de la junta directiva de la propia Cortolima.
La investigación se desencadenó a raíz de una solicitud de la Procuraduría General de la Nación, motivada por una queja ciudadana que alertaba sobre posibles vertimientos de aguas residuales sin tratamiento adecuado y construcciones que, al parecer, carecían de las licencias pertinentes. Muchos observadores del contexto local esperaban que los resultados de la inspección no fuesen tan categóricos, considerando el vínculo familiar del alcalde con la propiedad en cuestión y su posición en la autoridad ambiental. Sin embargo, Cortolima ha demostrado apego a la ley, presentando un informe con hallazgos significativos.
La autoridad ambiental, a través de un informe técnico elaborado por la ingeniera ambiental Kriss Dayane Méndez Castellanos, no dejó dudas sobre los hallazgos. El documento, cuya reproducción textual arroja luz sobre los pormenores, detalla:
II. Antecedentes
Radicado N° 144 del 08/05/2026. La señora María Doris Montes Suarique, presentó solicitud ante la Procuraduría General de la Nación, mediante la cual solicita requerir a la empresa de servicios públicos EMPOLÉRIDA E.S.P. ya la Inspección de Policía competente para que informen sobre los presuntos vertimientos de aguas negras y la ejecución de construcciones en suelo rural sin las respectivas licencias; asimismo, solicita a CORTOLIMA adelantar visita técnica al sitio y emitir el correspondiente informe con el fin de verificar las posibles afectaciones ambientales.
El día 09 de junio de 2026 se realizó visita de inspección ocular a la Urbanización San Luis etapa 3, en atención a la solicitud radicada con número de entrada 144 del 08 de mayo de 2026. La diligencia fue realizada en compañía del señor Leonel Felipe Ignacio Ortiz Moreno, quien manifestó actuar en calidad de abogado de la señora María Doris Montes Suarique.
Durante el desarrollo de la visita se evidenció la intervención del cauce de la quebrada El Masato mediante adecuación del terreno y desvío parcial del flujo hídrico natural, el cual es conducido a través de una tubería en PVC hasta un punto ubicado en las coordenadas geográficas latitud 4.855580 y longitud -74.924664. En este sitio se observó una estructura utilizada para la disposición de aguas residuales domésticas provenientes de la Urbanización San Luis etapas 1, 2 y 3; sin embargo, se evidenció que dicha estructura corresponde a una excavación en tierra con una profundidad aproximada de tres (3) metros, la cual recibe las aguas residuales mediante tuberías y en la que se presenta mezcla directa con el cauce desviado de la quebrada El Masato.
Posteriormente, el flujo resultante es conducido hasta una rejilla localizada en las coordenadas geográficas latitud 4.855999 y longitud -74.924590, desde donde es descargado nuevamente al cauce natural de la quebrada El Masato, cuerpo hídrico que aguas abajo desemboca en el río Bledo. Lo anterior podría estar generando afectación al recurso hídrico, derivada del presunto vertimiento de aguas residuales domésticas sin tratamiento adecuado.
Adicionalmente, durante la visita se evidenció una socavación en tierra ubicada en las coordenadas geográficas latitud 4.856504 y longitud -74.924576, la cual, por sus características y disposición, presuntamente estaría siendo utilizada para la infiltración o disposición directa de aguas residuales sobre el suelo.
Finalmente, el señor Leonel Felipe Ignacio Ortiz Moreno aportó copia del Auto No. 002 del 20 de enero de 2026, "Por medio del cual se inicia de oficio un procedimiento policivo", mediante el cual la autoridad competente inició actuación policiva bajo la tipología de queja policiva y decretó como medida provisional el mantenimiento del statu quo sobre las actividades objeto de investigación.
Otros aspectos relevantes de la visita: N/A
IV. Evaluación documentación técnica: N/A
V. Se conceptúa:
En consecuencia, de lo expuesto en la parte considerativa del presente concepto se infiere lo siguiente:
Con fundamento en la visita técnica de inspección ocular realizada el día 09 de junio de 2026 a la Urbanización San Luis etapa 3, así como en los hallazgos evidenciados durante la diligencia, se observó la intervención sobre el cauce de la quebrada El Masato mediante el desvío parcial del flujo hídrico natural, así como la posible disposición de aguas residuales domésticas en estructuras que, de acuerdo con las evidencias observadas en campo, no corresponderían a sistemas técnicamente diseñados para su adecuado tratamiento y disposición final.
Durante la visita se evidenció que las aguas residuales domésticas provenientes de las Urbanizaciones San Luis etapas 1, 2 y 3 son conducidas hacia una excavación en suelo y posteriormente descargadas al cauce natural de la quebrada El Masato, afluente del río Bledo. Asimismo, se identificó una socavación adicional en terreno natural, presuntamente utilizada para la infiltración o disposición de aguas residuales sobre el suelo.
Requerir a la Alcaldía Municipal de Lérida y a EMPOLÉRIDA E.S.P. para que, en un término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación del presente requerimiento, alleguen a CORTOLIMA la siguiente información relacionada con las Urbanizaciones San Luis etapas 1, 2 y 3:
Descripción detallada del sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas implementado para cada una de las urbanizaciones, indicando su ubicación, capacidad, funcionamiento y estado actual.
Copia del permiso de vertimientos vigente o, en su defecto, informar el estado del trámite correspondiente ante la autoridad ambiental competente.
Copia de la concesión de aguas vigente para el abastecimiento del recurso hídrico de las Urbanizaciones San Luis etapas 1, 2 y 3, o informar el estado del respectivo trámite.
Informar si existen obras de ocupación, intervención o modificación del cauce de la quebrada El Masato y remitir copia de las autorizaciones o permisos ambientales que amparen dichas actividades.
En caso de no contar con permiso de vertimientos vigente o de no encontrarse autorizadas las actividades de descarga de aguas residuales domésticas, se requiere el cese inmediato de cualquier vertimiento puntual efectuado sobre el suelo o cuerpos de agua, hasta tanto se obtengan las autorizaciones ambientales correspondientes otorgadas por la autoridad ambiental competente.
Es el informe,
Kriss Dayane Méndez Castellanos.
Ingeniera Ambiental Cortolima- OTN
Los hallazgos de Cortolima, que ahora están en manos de la Procuraduría, podrían derivar en sanciones significativas para el municipio de Lérida, cuya administración estaría involucrada indirectamente en la situación a través de los lazos familiares del alcalde. La autoridad ambiental ha exigido a la Alcaldía y a Empolérida E.S.P. presentar en un plazo de cinco días hábiles información detallada sobre los sistemas de tratamiento de aguas residuales, permisos de vertimientos, concesiones de agua y autorizaciones para intervenciones en el cauce de la quebrada. Además, ha solicitado el cese inmediato de cualquier vertimiento no autorizado.
La tensión es palpable en Lérida. La ciudadanía, expectante, aguarda las acciones que seguirán a este informe, el cual subraya la importancia de la autonomía institucional y el cumplimiento de las normativas ambientales, sin importar quiénes sean los presuntos implicados.